viernes, 30 de mayo de 2014

Aborto y Estado... una nueva Disyuntiva Legal

Desde 1931 que en Chile las mujeres podían acceder al aborto terapéutico, puesto que el 15 de mayo de 1931 fue introducido al código sanitario en virtud del Decreto de Fuerza de Ley 2226, donde dicha disposición requería de tres facultativos y la documentación correspondiente, donde cabe considerar desde el año 1925 el País es declarado constitucionalmente Estado laico, por ello resulta aun mas destacado que estuviera  vigente el aborto terapéutico en el País durante 58 años, ya que en septiembre de 1989 la Junta Militar aprobó la derogación del aborto terapéutico sin consulta ciudadana, a través de la modificación del artículo 119 del código sanitario en 1989, posteriormente en abril de 2009 el Ministerio de Salud adoptó un protocolo sobre tratamiento humanizado del aborto, el cual obliga a los jefes de servicios públicos de salud a abstenerse de confesiones de mujeres que hayan llegado a los establecimientos de salud con signos de abortos incompletos o inducidos, con el objeto de asegurar la confidencialidad del proceso; lo cual no ofrece un amparo legal, dejando desamparadas a las mujeres en la práctica, puesto que dicha medida está en contra de la ley. Dejando al país dentro de los seis países del mundo que penalizan el aborto en toda circunstancia. Es aquí donde el Estado debe garantizar disposiciones legales para afrontar estas situaciones, por lo que se hace necesario y pertinente contar con una legislación que permita la interrupción legal del embarazo en tres casos excepcionales, como lo son: riesgo de salud de la mujer, cuando hay una inviabilidad fetal extrauterina y en caso de violación. Todo ello fundamentado en que el Estado debe ir avanzando en materia de derechos en relación a las complejidades sociales que el país requiere, puesto que los casos de abuso a niñas menores de 11 y 13 años, por parte de padrastros y progenitores, con resultado de embarazo hacen necesario abrir dicho debate, además de los casos Éticos donde la vida de la madre está en riesgo, por lo que su prohibición constituye un grave problema de salud pública y su penalización una falta a la dignidad del ser humano, una violación a los derechos humanos y de una injusticia social para las mujeres del país, considerando además que según la encuesta de FLACSO, el 66,7% de los chilenos está de acuerdo con el aborto en caso de violación, 66,4% si está en peligro la vida de la madre e INCLUSO.. El 64% por malformación del feto. Por lo que el abrir la discusión a ello se enmarca en la respuesta  a una deuda con la democracia y la representatividad del país, por lo que una inacción del Estado solo agudiza la inequidad y desigualdad social.
Por lo que la iniciativa legal, surgida de mociones de los senadores socialistas Fulvio Rossi y Camilo Escalona, del PPD Guido Girardi, y que incluso contó con el apoyo de la ex senadora UDI y ex Ministra del Trabajo, Evelyn Matthei, fuese rechazada por el Gobierno de turno, donde el Ex Ministro vocero Andrés Chadwick, indicó que “este Gobierno está a favor de la vida del hijo y de la madre, sin ningún tipo de atenuantes”. Cuyo proyecto busca regular la interrupción del embarazo, si está en peligro la vida de la madre y no existan otros medios para evitar dicho riesgo; cuando el feto presente graves malformaciones físicas, o cuando el embarazo sea consecuencia de una violación. Asimismo, la iniciativa señala que en las tres situaciones se requerirá el consentimiento de la madre, la intervención de un médico-cirujano y la opinión documentada de otros dos médicos-cirujanos. Lo que se suma a lo dicho en el discurso público del 21 de mayo por la actual Presidenta Michelle Bachelet donde señalo que “Chile tiene que enfrentar en una discusión madura, informada y propositiva esta realidad, debatiendo en el Parlamento un proyecto de ley que despenalice la interrupción voluntaria del embarazo en casos de riesgo de vida de la madre, violación e inviabilidad del feto.”

Lo que ha comenzado a gestar en el país un ambiente bullado de debates y cuestionamientos, tanto políticos, éticos y morales, como se aprecia en la opinón del Rector de la Universidad Católica Ignacio Sánchez quien aseguro que "el aborto terapéutico en Chile ni se requiere", ya que,  "cuando hay una madre embarazada que tiene que tener un tratamiento porque su vida depende de ese tratamiento, el equipo médico actúa de acuerdo a las necesidades de la madre, y si secundariamente el feto es dañado no es un aborto, (...) el aborto es cuando se interviene el feto independiente de lo que le esta ocurriendo a la madre". (http://www.adnradio.cl/). 

En concordancia a todo lo expuesto anteriormente es que se hace necesario que el Estado Chileno se haga cargo de esta situación y avance en una legislación justa , que legalice la interrupción del embarazo, ya que es un asunto país que debe como tal otorgar una respuesta a esa situación límite, garantizando así los derechos de forma igualitaria a las mujeres de nuestro país.

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